Una historia que lleva 14 años y una causa judicial que viene con marchas y contramarchas desde hace casi ocho temporadas, tuvo ahora un avance. La empresa santafesina Pettarin Vacarini Perforaciones SRL quiere cobrar una importante deuda por el trabajo realizado en el transcurso de 2004, cuando llevó a cabo la perforación que le dio vida al complejo termal de San José (Departamento Colón) en el predio del ex Autódromo Salvia. El contrato para llevar a cabo esta tarea ascendía en su momento a 469 mil dólares, pero la empresa solo pudo cobrar poco más de la mitad, quedando un saldo de 270.417 dólares. Pese a los reclamos e intentos frustrados de renegociación, nunca se saldó la deuda y por eso la empresa fue a la justicia en 2010.

Luego de un buen tiempo, en 2017, hubo un fallo judicial de primera instancia que condenaba tanto a la Municipalidad de San José como al ex intendente Eduardo Abel Jourdán a pagar “en forma solidaria” los 270 mil dólares, más intereses y costas del juicio. Quedaron afuera de la condena la Caja de Jubilaciones y el empresario Jorge Daniel Jodra, quienes habían sido participes del proyecto termal en su primera etapa.

Cada uno por su lado, tanto la Municipalidad como Eduardo Jourdán recurrieron el año pasado a la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, publicó el sitio 03442.

 

Fallo dividido

Tras el dilatado estudio del caso, por voto dividido, la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay dio lugar al recurso presentado por el Municipio de San José y rechazó la petición de Jourdán, condenándolo al pago de la deuda de 270 mil dólares, que al cambio de hoy ascendería a unos 10 millones de pesos, monto al que hay que agregarle costas e intereses.

De acuerdo a esta decisión de la Cámara, el Municipio no deberá hacerse cargo de parte de la deuda, como lo establecía el primer fallo judicial, aunque sí deberá abonar las costas judiciales, consignó 03442 en base a El Observador Regional.

La decisión de la Cámara de Apelaciones tuvo un fallo dividido ya que los vocales Carlos Tepsich y Nelsón Alú impusieron su criterio, es decir, que la Municipalidad no debía hacerse cargo de la deuda responsabilizando a Jourdán.

Mientras que solitariamente el tercer integrante, Gustavo Marcó, sostuvo que el Municipio debía ser responsable de lo adeudado tanto como el ex intendente.

En sus fundamentos, Tepsich destacó la responsabilidad que le cupo a Jourdán en este emprendimiento que lo tuvo como “socio gestor”, en principio, de una “sociedad accidental”, resaltando la ausencia de un proceso licitatorio a pesar de la magnitud de los montos que se manejaban, entre otras gruesas irregularidades.

En contrapartida, Marcó entendió que Jourdán firmó el contrato en calidad de intendente y que luego contó con la ratificación del Concejo Deliberante, más allá que reconoce y coincide con su par en las “graves irregularidades” cometidas por el intendente y el Concejo, tanto en la contratación como en la constitución y funcionamiento de la sociedad termal.

Más allá de esta resolución de la Cámara de Apelaciones, se supone que esto aún no terminó y que Jourdán apelará a otra instancia superior para tratar de revertir el fallo que lo condena a pagar 270 mil dólares. (Análisis)

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