La defensa del cura Justo José Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por ser responsable de cinco casos de corrupción de menores y dos de abuso deshonesto cometidos en el Seminario de Paraná, apeló la sentencia y deberá definir ahora sobre el caso la Cámara de Casación Penal. El sacerdote cumple prisión preventiva domiciliaria en un departamento en Paraná desde que se conoció el fallo en su contra, el pasado lunes 21 de mayo. La investigación contra Ilarraz se inició tras la denuncia periodística realizada en 2012 por la revista ANÁLISIS.

A la presentación, según informó Entre Ríos Ahora, la realizó el abogado defensor del cura, Jorge Muñoz, el 7 de junio, mucho antes de que vencieran los plazos procesales para dicho trámite.

El lunes 21 de mayo, la Justicia condenó al sacerdote a 25 años de prisión de cumplimiento efectivo, al hallarlo responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por ser encargado de la educación -en cinco hechos- y del delito de abuso deshonesto agravado por ser encargado de la educación -en dos hechos-, y le impuso la accesoria de prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.

Ilarraz no cumple la medida en una unidad penal, sino bajo la modalidad domiciliaria en el domicilio que denunció oportunamente: Corrientes 328, de Paraná, “vivienda de la que no podrá salir sin orden judicial, bajo apercibimiento de revocarse este beneficio en caso de incumplimiento”, según los términos del fallo, al que llegaron por unanimidad los jueces Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel. La preventiva de Ilarraz se mantendrá bajo la modalidad domiciliaria hasta que la sentencia a 25 años de cárcel quede firme.

Ilarraz es el segundo miembro del clero que acaba condenado a prisión. El 6 de septiembre de 2017 recibió la pena de 25 años de prisión el sacerdote Juan Diego Escobar Gaviria, quien desde el 21 de abril de se año cumple prisión preventiva al aguardo de que la sentencia quede firme en la Unidad Penal de Victoria.

El lunes 7 de junio, a través de su abogado defensor, Jorge Muñoz, Ilarraz apeló esa condena ante la Cámara de Casación Penal, que ya tiene a estudio los casos de otros dos miembros del clero. A principios de octubre de 2017, los abogados defensores del cura Escobar Gaviria, condenado el 6 de septiembre por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay a 25 años de prisión, al hallarlo responsable de cuatro casos de promoción a la corrupción y abuso sexual en perjuicio de menores, acudieron a Casación en procura de dar vuelta esa sentencia condenatoria.

Pero en la audiencia del 27 de octubre de 2017 en la que se iban a escuchar los argumentos e la defensa, ocurrió un incidente: la defensa de Escobar Gaviria recusó a todo el tribunal. Los tres vocales que forman la Cámara de Casación Penal -Hugo Perotti, Marcela Badano y Marcela Davite– fueron recusados, a través de un escrito presentado a último momento por el defensor Milton Urrutia. De ese modo, el planteo de fondo, la revisión de la condena, quedó aplazada.

En agosto de 2017, también llegó a Casación el planteo formulado por los defensores del cura Marcelino Ricardo Moya. El tribunal deberá resolver el planteo de prescripción formulado a principios de agosto por los abogados defensores del cura Moya, con dos acusaciones en el fuero penal, por corrupción y abuso sexual de menores, en ambos casos agravados por su rol de miembro del clero.

El expediente llegó al tribunal el 14 de agosto, y lo que ahora resta es que se fije la fecha de audiencia de debate en Casación del incidente de prescripción. Los defensores de Moya pretenden llevar la causa por ese carril, y de ese modo retrasar la fijación de la fecha del juicio oral.

Ahora, a Casación llegó el caso Ilarraz, mediante una presentación realizada mucho antes de que venciera el plazo. El expediente Ilarraz tiene trámite de causa compleja, y por eso mismo los plazos fueron duplicados: el plazo máximo para presentar la apelación vence el 22 de junio, ya que son 20 y no 10 días corridos desde que se conocieron los fundamentos de la sentencia, el 1° de junio. (Análisis)

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