Se desarrolló este martes por la mañana en el Juzgado de Garantías de Concepción del Uruguay, una audiencia de etapa intermedia para efectivizar la remisión a juicio de la causa caratulada “Benítez, D A M s/desobediencia, lesiones leves agravadas violencia de género”

La misma fue presidida por la jueza de Garantías, doctora Melisa María Ríos, con la presencia de la fiscal Auxiliar -Dra. Ana María Presas y el defensor particular, doctor Juan Pablo Bianchi Minatta, sin el imputado presente, por considerarlo innecesario por su representante legal, atento que se trababa de una audiencia técnica.

Concedida la palabra a la fiscal solicitó la remisión a juicio de la causa, relatando los hechos investigados y las calificaciones penales asignadas.

Las partes presentaron las evidencias y testigos a llevar a juicio oral, lo que fue analizado por la jueza , quien resolvió disponer la apertura a juicio de la presente causa y la remisión del caso bajo examen, individualizado en el legajo nº 5108/17 caratulado: “Benítez, D A M s/ desobediencia, lesiones leves agravadas por la violencia de género”.

También resolvió admitir la evidencia ofrecida por las partes y hacer saber a la Excma. Sala Penal de Concepción del Uruguay, que el imputado se encuentra alojado en Unidad Penal local a disposición del Sr. Juez de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, haciendo lugar a lo peticionado por Fiscalía.

Cabe destacar que Benítez, se encuentra purgando condena a 14 años de prisión por un homicidio, razón por la cual estaba alojado en la Unidad Penal N° 1 de Paraná, pero incumplió medidas durante sus salidas socio-familiares, por lo que se le cortaron los beneficios tiempo atrás.

Ahora el caso pasa a manos de la Cámara Penal, que deberá conformar el Tribunal y definir la fecha de juicio oral.

 

Juicio abreviado

Por otra parte, ante la jueza de Garantías, doctora Alejandrina Liliana Herrero, se dictó sentencia de un sujeto acusado por un caso de violencia de género, basado en los fundamentos del acuerdo arribado por las partes.

El acusado era M.A. BODEMAN, imputado de ser autor de los delitos de “lesiones leves dolosas agravadas por ser causadas en un marco de violencia de género”, quien fuera representado por el defensor particular, doctor José Peluffo, quien llegó a un acuerdo con el fiscal interviniente, doctor Mario Schreiner, aceptado por el acusado.

Fue sí que la jueza homologó el mismo y dispuso condenarlo a la pena de dos años de prisión de cumplimiento en suspenso. Además impuso a Bodeman por el término de dos años, reglas de conducta de conformidad a lo que establece el art. 27 bis del Código Penal.

Estas consisten en fijar domicilio, comunicando al Tribunal cualquier variación o modificación, abstenerse de acercarse al domicilio de la víctima y de acercarse a esos lugares en un radio no menor a 200 metros, no mantener contacto con la víctima y su grupo familiar -ni personal ni por interpósita persona- ni por cualquier vía generar cualquier tipo de actos perturbadores y/o molestos y abstenerse del consumo de estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas.

Fuente: 03442

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