Una acordada del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en 2015 especifica que las personas a la espera de un juicio no pueden permanecer más de 30 días alojadas en dependencias policiales, porque no tienen las condiciones sanitarias y de seguridad suficientes.

Hace tres años atrás ocurrió un caso en Concordia que marcó el tratamiento a las personas judicializadas, a las que se les dictó la prisión preventiva. Hasta ese momento no había un tiempo específico que podían permanecer alojadas en alcaidías o jefaturas a la espera de un juicio, pero lo sucedido en la capital del citrus cambió todo.

Juan Pablo Franchi estaba en prisión preventiva por la muerte del médico Luis Horacio Cartoccio (59), que en junio del 2014 fue asesinado a cuchilladas (la autopsia reveló al menos 18 puntazos de arma blanca) y golpes en la cabeza en su casa de Concordia.

El delincuente de 26 años estaba alojado en la alcaidía a la espera de una resolución judicial, pero en los últimos días de enero de 2015 se fugó. En su camino mató a un policía e hirió de gravedad a otro, y escapó hacia Colón. Cuando fue rodeado y se estaba a punto de aprehenderlo, se suicidó en el hotel.

A raíz de esto, el Superior Tribunal de Justicia dispuso que los detenidos con prisión preventiva no permanezcan alojados en dependencias policiales por un plazo mayor a los 30 días, salvo algunas excepciones.

El Ministro de Gobierno de aquella época, Adán Bahl, actual Vicegobernador, había explicado que “las alcaidías son para tiempos muy breves, mientras se resuelve la situación de la persona. De ninguna manera pueden ser para personas condenados ya que no cuentan con las condiciones sanitarias y de seguridad para permanencias largas”.

El tercer punto del Acuerdo General Nº 1/15 del Alto Cuerpo especifica a magistrados y funcionarios del fuero penal de la Provincia, que “las estancias de los procesados en las alcaidías o comisarías se deben limitar a lo estrictamente indispensable para el cumplimiento de los actos procesales, no pudiendo en ningún caso superar los 30 días de alojamiento, debiendo los procesados ser destinados a las Unidades Penitenciarias correspondientes, teniendo presente la necesidad de los alojamientos en pabellones separados de la población carcelaria general”.

Este bien podría ser el caso a aplicar en la joven Nahir Galarza, que se encuentra alojada en la comisaría del Menor y la Mujer desde el martes 2 de enero, cuando el juez de Garantías Guillermo Biré le negó el arresto domiciliario y decretó la prisión preventiva por 60 días.

Por ello, en los primeros días de febrero se cumplirían los primeros 30 días de alojamiento de la imputada por el crimen de Fernando Pastorizzo; y los dos únicos lugares para trasladarla son la cárcel de mujeres de Paraná y el nuevo pabellón que se dispuso para detenidas en la Unidad Penal 9 Colonia El Potrero. Por una cuestión lógica, es muy probable que el destino sea la granja Penal de Gualeguaychú, para estar más cerca de su familia.

Los abogados defensores de Nahir Galarza presentaron ayer ante la Cámara de Apelaciones del Crimen de Gualeguay el recurso para revertir la situación de la joven. Volvieron a solicitar el arresto domiciliario por entender que no existe riesgo procesal y que cualquier peligro que pudiera existir de fuga se subsana con un efectivo policial en la puerta del domicilio y una tobillera magnética. (El Día)

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